RECTORÍA
ORGANOS DE GOBIERNO
RECTORÍA
La Rectoría constituye la máxima instancia ejecutiva y de dirección de la Universidad Popular del Cesar. Su ejercicio recae en la figura del Rector, quien, en calidad de representante legal de la institución, asume la responsabilidad suprema de la conducción estratégica, la gestión administrativa y la articulación académica de nuestra alma mater ante las instancias gubernamentales, el sector productivo y la sociedad en general.
Bajo esta estructura, se centraliza y coordina la gestión integral de la Universidad, garantizando que cada proceso institucional esté rigurosamente orientado al cumplimiento de los objetivos misionales, la excelencia académica y la consolidación de las políticas de calidad. El Rector, desde su despacho, ejerce un liderazgo propositivo enfocado en la armonización de los intereses de la comunidad universitaria, velando por la sostenibilidad, el fortalecimiento de la infraestructura y el crecimiento continuo de la capacidad científica y tecnológica de la institución. En última instancia, la Rectoría actúa como el eje cohesionador que traduce los lineamientos del Consejo Superior Universitario en acciones concretas, asegurando que nuestra Universidad mantenga su papel como baluarte de progreso, inclusión y transformación social para la región y el país.
BIOGRAFÍA
Ana Milena Maya González es una académica y directiva universitaria, oriunda de Valledupar, con una sólida trayectoria de más de 12 años en la Universidad Popular del Cesar (UPC), institución de la cual es egresada y en la que ha construido la totalidad de su carrera profesional.
Formación académica:
Su formación combina las ciencias administrativas con un fuerte componente investigativo:
- Pregrado: Contaduría Pública, Universidad Popular del Cesar.
- Maestría: Gerencia de Proyectos de Investigación y Desarrollo.
- Doctorado: Ciencias Gerenciales.
Trayectoria académica e investigativa:
Su vínculo con la investigación se remonta a sus años de pregrado, cuando se destacó como Joven Investigadora. Posteriormente se desempeñó como docente investigadora asociada hasta 2021, y asumió la coordinación del Centro de Investigaciones Socioeconómicas (CISE) de la UPC. Fue también líder del grupo de investigación Apolo Infinito, categorizado en A, e investigadora principal de varios proyectos financiados mediante convocatorias internas y externas.
Trayectoria directiva:
Su ascenso en la estructura directiva de la universidad ha sido progresivo:
- 2022: Asume como decana de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables y Económicas, cargo que ocupa hasta 2024.
- Julio de 2024: Es posesionada como Vicerrectora de Investigación y Extensión por el entonces rector Rober Romero Ramírez, quien destacó su nombramiento como parte de la apuesta institucional por fortalecer la investigación, la proyección social y el camino hacia la acreditación en alta calidad. En su discurso de posesión, la propia Dra. Maya expresó su compromiso de «seguir ampliando los canales de investigación en la universidad y aportar al proceso de Acreditación Institucional en Alta Calidad».
Rectora encargada de la Universidad Popular del Cesar:
El 8 de mayo de 2026, el Consejo Superior Universitario la designó por unanimidad como Rectora Encargada de la Universidad Popular del Cesar. Desde su encargo, la Dra. Maya ha impulsado la continuidad administrativa y académica de la Universidad Popular del Cesar.
FUNCIONES
Según el Capítulo III del Acuerdo Nº 105 de 1993, por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar, las funciones del Rector son:
-
- Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias de la Universidad Popular del Cesar y las decisiones y actos de los Consejos Superior y Académico.
- Evaluar y controlar el funcionamiento general de la Universidad y presentar al Consejo Superior un informe evaluativo integral anual de gestión.
- Liderar el proceso de planeación de la Universidad Popular del Cesar procurando el desarrollo armónico de la Universidad, en su conjunto.
- Suscribir los contratos y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Universidad, ciñéndose a las disposiciones legales.
- Someter el proyecto de presupuesto a la consideración del Consejo Superior y ejecutarlo una vez expedido.
- Nombrar y remover al personal administrativo de la Institución con arreglo a las disposiciones legales.
- Presentar al Consejo Superior ternas de candidatos para el nombramiento de decanos, directores de Institutos de Postgrado y jefes de Departamento.
- Designar decanos encargados, directores de Instituto encargados y jefes de Departamento encargados para las ausencias que no excedan de un mes.
- Expedir los manuales de funciones y requisitos de acuerdo con la misión de los cargos.
- Presentar al Consejo Superior los proyectos de reglamentos académico, de personal docente, administrativo y estudiantil o sus modificaciones.
- Presentar al Consejo Superior los proyectos de planta de personal docente, de empleados y de trabajadores oficiales o sus modificaciones.
- Proponer al Consejo Superior la concesión de comisiones al exterior y comisiones de estudio, de acuerdo al plan de capacitación.
- Conferir las comisiones o delegaciones de carácter académico, docente, científico o artístico que autorice el Consejo Académico para representar a la Universidad en congresos y seminarios.
- Delegar en el Rector de la Universidad Popular del Cesar la competencia para autorizar Comisiones Académicas al Exterior no conducentes a título y no superiores a un año.
- Expedir las Resoluciones de grado y autorizar y refrendar con su firma las actas de graduación y diplomas que confiera la Universidad.
- Imponer las sanciones disciplinarias que le correspondan por Ley o Reglamento (Derogado por Acuerdo 069 del 3 de diciembre de 2002).
- Convocar a elecciones de profesores, estudiantes, ex rectores, sector productivo y de las directivas académicas a los organismos universitarios donde éstos tengan representación, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias.
- Nombrar o contratar previa autorización del Consejo Superior, los asesores que requiera la Universidad para la realización de sus programas académicos o administrativos.
- Fijar los derechos pecuniarios.
- Crear, a propuesta del Consejo Académico, comités asesores de la Institución o de las facultades, institutos, escuelas o centros.
- Aceptar las renuncias ordinarias o irrevocables presentadas por los docentes universitarios.
- El Rector de la Universidad Popular del Cesar informará, de manera periódica al Consejo Superior, sobre el trámite surtido de las renuncias mencionadas en el punto anterior (Delegado Acuerdo 021 del 8 de mayo de 2001).
- Autorizar la vinculación de docentes ocasionales o de cátedra, con el fin de reemplazar a los profesores en las vacancias temporales que por diversas circunstancias se presenten por disfrute de licencias no remuneradas, licencias médicas o suspensión en el ejercicio de cargos (Delegado parcialmente. Acuerdo 062 del 21 de noviembre de 2000. Ver. Art. 13, lit. 30).
- Las demás que le señalen las disposiciones legales vigentes y las que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.
Otras disposiciones
-
- El Rector podrá delegar en los vicerrectores o decanos aquellas funciones que considere necesarias dentro de los límites autorizados por el Consejo Superior.
- El cargo de Rector es de tiempo completo e incompatible con el desempeño de cualquier otro empleo y con el ejercicio de la profesión, salvo las excepciones legales.
- El Rector tendrá las inhabilidades, prohibiciones y responsabilidades señaladas en las disposiciones legales vigentes sobre el particular y en los estatutos y reglamentos de la Institución.
- Los actos y decisiones que expida el Rector en ejercicio de las funciones a él asignadas por la Ley, los estatutos o acuerdos del Consejo Superior, se denominarán Resoluciones.
dependencias
Las dependencias que hacen parte de la Rectoría son:

Secretaría General

Oficina de Coordinación de Control Interno

Oficina de Planeación y Desarrollo Universitario

Oficina de Informática y Sistemas

Oficina Jurídica

Oficina de Relaciones Públicas e Internacionales

Oficina de Control Disciplinario Interno

Oficina de Arcadia
DESIGNACIÓN DEL RECTOR
El Rector de la Universidad Popular del Cesar será designado por el Consejo Superior por un periodo de 3 años . También podrá ser removido de su cargo por necesidades del servicio a juicio del mismo órgano directivo.
Los candidatos a la Rectoría podrán ser presentados por los profesores, estudiantes o los miembros del Consejo Superior y deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser ciudadano en ejercicio.
- Poseer título universitario.
- Haber sido profesor universitario al menos durante cinco (5) años.
- Tener experiencia administrativa pública o privada al menos durante dos (2) años.
- No tener inhabilidades de ley.
Cada uno de los candidatos de los docentes será presentado por escrito ante el Consejo Superior con el respaldo de la firma exclusiva de por lo menos 10% del número total de docentes de la Institución en servicio activo.
De igual forma, cada uno de los candidatos de los estudiantes será presentado por escrito ante el Consejo Superior con el respaldo de la firma exclusiva de por lo menos el 10% del número total de estudiantes regulares de la Universidad.
Los aspectos relacionados con la designación del Rector están estipulados en el capítulo III del Acuerdo Nº 105 de 1993, por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar.









